Verifactu se aplaza a 2028: nuevas fechas para clínicas y autónomos
Hacienda plantea retrasar Verifactu hasta octubre de 2028 para alinearlo con la factura electrónica. Te contamos qué fechas siguen vigentes hoy y qué hacer mientras tanto.

En este artículo
Si llevas meses preparando tu clínica para Verifactu con la fecha de enero o julio de 2027 en la cabeza, probablemente ya hayas visto los titulares: Hacienda plantea retrasar de nuevo la obligación, esta vez hasta octubre de 2028. Es, según los medios especializados, el cuarto aplazamiento desde que el Real Decreto 1007/2023 puso en marcha este sistema. Te explicamos, sin dramatismo y sin letra pequeña, qué ha cambiado realmente, qué sigue vigente hoy y por qué esta noticia no debería cambiar en nada tu forma de planificar la digitalización de tu clínica.
Qué ha pasado exactamente
El 5 de octubre de 2026 se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026 (BOE-A-2026-20587), que entró en vigor al día siguiente y que fija, por fin, el calendario oficial de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (B2B) derivada de la Ley Crea y Crece. Esta orden establece que las empresas que facturen más de 8 millones de euros anuales deberán emitir factura electrónica desde octubre de 2027. El resto de empresas, pymes y autónomos (ahí entra la inmensa mayoría de las clínicas de fisioterapia) tendrán de plazo hasta octubre de 2028, y la obligación de comunicar el estado de los pagos se extiende hasta octubre de 2029.
En paralelo a esta orden, y es la parte que ha generado más titulares, Hacienda ha comunicado su intención de alinear el calendario de Verifactu con el de la factura electrónica, retrasando también la entrada en vigor de Verifactu hasta octubre de 2028 para que coincidan ambas obligaciones. Esta parte, a diferencia de la orden de factura electrónica, todavía no es una norma aprobada: según las fuentes que han recogido el anuncio, está pendiente de trasladarse a una modificación legal (previsiblemente del Real Decreto-ley que ya aplazó Verifactu una vez, a finales de 2025).
Las fechas, una por una
Para que no haya confusión entre "lo que ya es ley" y "lo que se ha anunciado pero aún no es ley", aquí tienes el estado de cada fecha a día de publicación de este artículo:
Obligación
Fecha vigente hoy
Fecha anunciada (pendiente de aprobar)
Verifactu, sociedades (IS)
1 de enero de 2027
Octubre de 2028
Verifactu, autónomos
1 de julio de 2027
Octubre de 2028
Factura electrónica B2B, empresas >8M€
Octubre de 2027 (ya aprobado, Orden HAC/1028/2026)
Factura electrónica B2B, resto (pymes y autónomos)
Octubre de 2028 (ya aprobado, Orden HAC/1028/2026)
Software de facturación adaptado a Verifactu
Ya exigible desde julio de 2025; no cambia con este anuncio
Dicho de otro modo: si tienes una clínica como autónomo o como sociedad, a día de hoy la fecha que sigue siendo legalmente exigible para Verifactu es julio o enero de 2027, respectivamente. Lo único que ha cambiado es que Hacienda ha anunciado su intención de mover esa fecha a octubre de 2028, en sintonía con la factura electrónica, pero ese cambio concreto todavía necesita aprobarse formalmente.
Por qué Hacienda alarga el plazo otra vez
El motivo que se repite en las fuentes que han recogido el anuncio no es, esta vez, la falta de preparación técnica de la propia Agencia Tributaria (el argumento de los aplazamientos anteriores). Es algo más práctico: Verifactu y la factura electrónica son dos obligaciones distintas, con objetivos distintos, pero afectan al mismo punto de tu clínica, el sistema de facturación, y lo hacen en fechas muy próximas entre sí. Si cada una entrara en vigor por separado, muchas pymes y autónomos tendrían que adaptar su software de facturación dos veces en poco tiempo. Alinear ambos calendarios en octubre de 2028 permite, en teoría, hacer esa adaptación de una sola vez. Asociaciones como ATA (autónomos) y AEDAF (asesores fiscales) se han mostrado favorables a esta coordinación, y ATA ha señalado además que acerca el calendario español al de la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age), que va en la misma dirección a nivel comunitario.
Qué NO cambia con este aplazamiento
Es la parte que más conviene subrayar, porque es fácil leer "otro retraso más" y relajarse del todo. Lo que no cambia es lo siguiente:
- Verifactu no desaparece. Se retrasa, pero sigue siendo el modelo hacia el que se dirige la facturación en España, con sus dos modalidades (VERI*FACTU, con envío en tiempo real a la AEAT, y NO VERIFACTU, con firma de registros y libro de eventos como garantía alternativa).
- Los requisitos técnicos de fondo siguen siendo los mismos: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
- El software ya debía estar adaptado desde julio de 2025. Esta obligación para los proveedores de software no se toca con el anuncio: si tu programa de facturación todavía no cumple los requisitos del RRSIF (Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación), ese es un problema independiente de cuándo entre en vigor tu obligación personal.
- Las sanciones del régimen sancionador que ya conocíamos no han cambiado con este anuncio: hasta 50.000 € para quien use software no conforme y hasta 150.000 € para quien lo produzca, comercialice o posea sin ajustarse a los requisitos (art. 201 bis LGT).
Por qué no deberías esperar a 2028 para digitalizarte
Es tentador pensar "si ya nos han dado hasta 2028, hay tiempo de sobra". Y es verdad que hay tiempo de sobra, pero el verdadero objetivo no debería ser cumplir la ley en el último minuto, sino aprovechar la digitalización de tu facturación para dejar de perder horas cada semana en tareas administrativas. Verifactu es, en el fondo, una buena excusa normativa para hacer algo que ya deberías estar haciendo por rentabilidad propia: emitir facturas automáticamente, sin errores, vinculadas a cada sesión y sin depender de hojas de cálculo ni de talonarios. Las clínicas que ya han dado el paso no suelen contarlo como "ya cumplimos Verifactu", sino como "ya no perdemos tiempo facturando". El cumplimiento normativo llega solo, como efecto secundario de tener un sistema bien montado.
Con MiFisio Agenda, la facturación (incluida la electrónica y el cumplimiento de Verifactu) va integrada con la agenda y la historia clínica desde el primer día. Así, cuando la fecha definitiva se confirme, sea 2027 o 2028, tu clínica ya estará preparada sin tener que hacer ningún cambio de última hora. Si quieres profundizar en cómo funciona la facturación electrónica paso a paso, tenemos una guía completa en nuestro post sobre facturación electrónica para clínicas de fisioterapia, y si todavía te quedan dudas sobre las diferencias entre operar con o sin Verifactu, lo explicamos en detalle en Verifactu sí o Verifactu no: qué cambia para tu clínica.
Preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de Verifactu
¿Entonces ya no tengo que cumplir Verifactu en 2027?
A día de hoy, las fechas legalmente vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (autónomos). El aplazamiento a octubre de 2028 es un anuncio de Hacienda, pendiente de aprobarse en una norma. Hasta que eso ocurra, lo prudente es seguir planificando con las fechas de 2027 en mente.
¿Es lo mismo Verifactu que la factura electrónica obligatoria?
No. Son dos obligaciones distintas que Hacienda quiere hacer coincidir en el tiempo. Verifactu regula cómo debe funcionar tu software de facturación (integridad y trazabilidad de los registros); la factura electrónica B2B regula el formato y el envío de las facturas entre empresas y profesionales. Lo explicamos con más detalle en nuestro post sobre facturación electrónica.
¿Mi software de facturación tiene que cambiar algo ya?
Si tu proveedor ya cumplía con los requisitos desde julio de 2025 (como MiFisio Agenda), no tienes que hacer nada adicional por este anuncio. Si no estás seguro, es buen momento para preguntarle a tu proveedor actual.
¿Por qué se ha retrasado tantas veces?
Los aplazamientos anteriores respondían sobre todo a la falta de preparación técnica de desarrolladores y de la propia Agencia Tributaria. Este último, según las fuentes que lo han recogido, responde a un motivo distinto: coordinar Verifactu con la nueva factura electrónica B2B para que las empresas no tengan que adaptarse dos veces en poco tiempo.
¿Qué pasa si decido esperar hasta el último momento para adaptarme?
Nada te obliga a adelantarte, pero cuanto antes digitalices tu facturación, antes dejas de perder tiempo en tareas manuales. El cumplimiento normativo es, en ese sentido, un beneficio añadido más que el motivo principal para dar el paso.
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